En el día de ayer fue publicado en el BOE el Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar.
Desde UGT valoramos el avance que supone acabar con la evidente discriminación que suponía la exclusión de las trabajadoras del hogar de la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Es la primera vez que en nuestro país se ha regulado la protección de la seguridad y salud de estas profesionales. Hablamos de un colectivo muy amplio en cuanto al número de personas trabajadoras (la abrumadora mayoría son mujeres y en muchos casos mujeres de nacionalidad extranjera o de origen extranjero), con realidades contractuales muy diferentes, con un elevado nivel de parcialidad y altas tasas de empleo irregular. En términos de Seguridad Social, el Sistema Especial de Empleados de Hogar cuenta con 360.077 personas afiliadas (el 96% mujeres) de las que el 45% tienen nacionalidad extranjera.
Desde UGT consideramos como positivo que se haya dado por fin este paso, algo que veníamos reclamando desde hace tiempo, y que fue una de las cuestiones pendientes desde la negociación en el marco del Dialogo Social del Real Decreto 1620/2011 por el que se regula la relación laboral especial del servicio del hogar familiar y de la sustitución del Régimen Especial por el Sistema Especial de Empleados del Hogar, integrado en el Régimen General. Al fin se reconoce el derecho de las empleadas de hogar a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Se deberá realizar la evaluación de riesgos laborales, tendrán derecho a la vigilancia de la salud y a la información y formación en materia preventiva e incluso a la paralización de su actividad en caso de riesgo grave o inminente para su vida o salud.
Sin embargo, han quedado cuestiones importantes, en esta materia, sin resolver, como la inclusión de la obligación expresa de evaluar los riesgos psicosociales, organizativos y ergonómicos de origen laboral, cuestión que propusimos desde UGT y que creemos, hubiera mejorado significativamente el texto final; la clarificación del papel de la Inspección de Trabajo en cuanto al control y cumplimiento de lo regulado; la situación así como la previsión de soluciones de alojamiento y manutención para las trabajadoras internas que tengan que abandonar el domicilio en el que trabajan por riesgo grave o inminente.
Respecto a la plataforma para evaluar los riesgos laborales que elaborará y pondrá a disposición el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), mantenemos nuestra disconformidad con que se utilice Prevención10 o una herramienta similar, dadas las particularidades del servicio de hogar familiar, en donde hay presencia de riesgos de origen psicosocial incluyendo la violencia contra las mujeres, sería más recomendable desarrollar otro tipo de herramienta que aporte mayores garantías.
Desde el sindicato seguiremos de cerca el desarrollo de las encomiendas realizadas al INSST y esperamos que tanto la herramienta para realizar la evaluación de riesgos, el protocolo de actuación frente a situaciones de violencia y acoso en el servicio del hogar familiar y la guía técnica sean consensuados en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la que somos parte.
Por otra parte, aunque desde UGT creemos que el decreto cubre adecuadamente las obligaciones hacia las empleadas del hogar, existe un problema al incluir en la misma regulación al colectivo de la ayuda a domicilio. Este grupo trabaja para empresas especializadas en la prestación de estos servicios, cuentan con representación sindical y tienen acceso a la negociación colectiva. En este sentido, desde el sindicato queremos destacar que las condiciones laborales de este grupo, al estar reguladas por la legislación común y un convenio colectivo propio, deberían haberse separado de este Real Decreto, dejando el desarrollo normativo en manos de la autonomía colectiva a través de la negociación entre las empresas y los sindicatos del sector.
En cualquier caso, consideramos este decreto un avance en la dirección correcta para proteger a un colectivo históricamente vulnerable a condiciones laborales precarias. Junto con medidas adoptadas en 2022, como la inclusión de estos trabajadores en el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y el acceso al desempleo, esta normativa contribuye a la dignificación de su trabajo. Aunque como sabéis quedan cuestiones por resolver, reiteradamente comunicadas al Gobierno, como la actuación de las agencias de colocación especializadas y las plataformas digitales de cuidados, la utilización fraudulenta de la relación laboral especial para desempeñar trabajos cualificados, la necesaria desaparición de la modalidad del trabajo interno o el abuso de las horas de presencia.